
Certificados técnicos
Certificado de Antigüedad
El Certificado de Antigüedad es un Certificado que describe la realidad física de un inmueble en el estado actual, especificando la antigüedad de la construcción, superficies, linderos, estancias, tipología y plantas. También es conocido como Certificado de Obra Antigua, Certificado por Antigüedad, Certificado de Obra Nueva Antigua o Declaración de Obra Nueva Antigua.
La necesidad del certificado de Antigüedad de vivienda.
Es un procedimiento necesario y obligatorio para la solicitud de diversos trámites, especialmente en el Registro de la Propiedad, tal como la Licencia de Primera Ocupación o Cédula de Habitabilidad, entre otros. El contexto Legal de la solicitud del Certificado de Antigüedad de la vivienda viene regulado por el Real Decreto 1093/1997, de 4 de Julio, por el que quedaron aprobadas las Normas y Leyes complementarias al Reglamento para la Ejecución de la Ley Hipotecaria en materia de Inscripción en el Registro de la Propiedad de los actos de naturaleza Urbanística.
Los Certificados para Declaraciones de Obra Nueva/Antigua en el Registro de la Propiedad y cambios en el Catastro, incluyen el Anexo de Coordenadas Georreferenciadas, en cumplimiento de la Ley 13/2015 de Reforma de la Ley Hipotecaria.
Certificado Catastral
Es un trabajo profesional que se deben aportar por el obligado tributario cuando se quiere realizar algún tipo de modificación en el Catastro. Se componen de un Levantamiento de Planos, una memoria técnica, un anexo de Coordenadas Georreferenciadas, además de un Certificado de Antigüedad.
¿Para qué realizar cambios en el Catastro?
Por ejemplo, cuando no estamos de acuerdo con la valoración que realiza el Catastro de nuestro inmueble, cuando existen discrepancias superficiales, de uso, antigüedad, estado de conservación, etc. En estos casos, es conveniente realizar una solicitud y entrega de Certificado Catastral para que se tenga en cuenta la realidad física del inmueble y sus dimensiones.
Certificado de Superficies
El Certificado de Superficies es en un trabajo profesional que Certifica la superficie útil, superficie construida o superficie de servicios comunes de un inmueble.
Este tipo de Certificado lo solicitan personas propietarias de un inmueble que necesita Certificar o determinar las dimensiones exactas de este.
En conclusión, es un Certificado que acredita que una construcción tiene determinada superficie y su compartimentación con sus respectivos usos y superficies. En este documento, el Arquitecto tiene que medir y Certificar la superficie exacta del inmueble (vivienda, local, garaje, parcela, etc.). Es de carácter oficial, por tanto lo ha de firmar un técnico cualificado.
Proyecto Certificado AFO Asimilado Fuera Ordenación
A) ¿Qué es un AFO Asimilado Fuera de Ordenación? Un AFO o Asimilado Fuera de Ordenación, es una figura Jurídica que regula las edificaciones terminadas que se han construido sin Licencia Urbanística o incumpliendo las condiciones de la misma. Permite regularizar estas viviendas, dotándolas de cierta seguridad Jurídica y permitiendo su acceso a servicios básicos como agua, luz o saneamiento. Un AFO no convierte una vivienda ilegal en legal, pero sí permite su uso y habitabilidad bajo ciertas condiciones.
B) Funciones del AFO: Regularizar la situación de la vivienda: Permite que la vivienda pueda ser inscrita en el Registro de la Propiedad y obtener la Licencia de Ocupación. Acceso a servicios básicos: Facilita el acceso a servicios básicos como agua, luz, saneamiento y recogida de basuras. Seguridad Jurídica: Proporciona cierta seguridad jurídica a los propietarios, reduciendo el riesgo de demolición. Posibilidad de financiación: Puede facilitar la obtención de financiación Hipotecaria.
C) Contenidos del Certificado AFO: Informe técnico: Realizado por un Arquitecto colegiado en el que se describe el estado de la vivienda, su superficie, cumplimiento de las condiciones de seguridad y habitabilidad, y las obras necesarias para su regularización. Documentación gráfica: Planos de la vivienda, fotografías y demás documentación gráfica que acredite la situación. Memoria descriptiva: Donde se detallen las obras necesarias para regularizar. Tasas: Pago de las tasas correspondientes al trámite.
D) Requisitos para solicitar un AFO: La vivienda debe estar terminada. No deben haber transcurrido más de seis años desde las obras. La vivienda no debe estar catalogada como BIC o incluida en un Expediente de disciplina Urbanística. Las obras no deben afectar a elementos comunes o a la estructura del edificio. La vivienda debe cumplir las condiciones básicas de seguridad, salubridad y habitabilidad.
E) Normativa y Leyes que regulan el AFO en España: La Normativa que regula el AFO varía en función de cada Comunidad Autónoma. Sin embargo, existen algunas normas básicas que se recogen en la Ley 38/1999, de 5 de Diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y en el Real Decreto 21/2013, de 9 de Mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística. En Andalucía, la Normativa específica se encuentra en el Decreto-Ley 2/2012, de 28 de Marzo, de medidas urgentes para la agilización de la actividad económica y la creación de empleo y en la Orden de 14 de Julio de 2015, por la que se establecen las bases para la declaración de Asimilado a Fuera de Ordenación de las edificaciones irregulares en Suelo Urbano Consolidado. Es importante consultar la Normativa específica de cada Comunidad Autónoma para conocer los requisitos y trámites concretos para solicitar un AFO.
Certificado de Persistencias Técnicas
Un Certificado de Persistencias Técnicas es un Certificado emitido por un Técnico Competente, Arquitecto, siendo un documento que se asegura que las instalaciones de un determinado establecimiento (que ejerce normalmente una actividad no calificada) cumple con la Normativa vigente de seguridad en cuanto a sus instalaciones.
Este Certificado de Persistencias Técnicas suele ser exigido por algunos Ayuntamientos para el trámite de la Licencia de Apertura en locales comerciales que no han sufrido modificaciones, ni cambio de actividad o uso y motivado por un cambio de titularidad de la propia actividad.
Por otra lado, para abrir un negocio en una capital o cualquier otro municipio de la provincia, no siempre se realiza a través de una Licencia de Apertura previa, ya que en ocasiones se gestiona con la realización de una Declaración Responsable.
Certificado de Idoneidad Técnica
Un Certificado de Idoneidad Técnica se tiene que solicitar siempre que el resultado de la Inspección Técnica de Edificaciones (ITE) haya sido desfavorable. El Acta de la Inspección Técnica de Edificaciones evalúa el estado de éstas.
Aspectos evaluados en un Acta de Inspección Técnica de Edificaciones ITE:
-En qué estado se encuentra la estructura del edificio y su cimentación.
-El estado de todas las fachadas (interiores y exteriores), las medianeras.
-El estado de las azoteas y cubiertas y su estanqueidad.
-El estado de las instalaciones de saneamiento y fontanería.
En algunas Comunidades Autónomas se comprueba también:
-La accesibilidad al edificio (escaleras, pavimentos, barandilla, etc)
-El comportamiento térmico del edificio.
Certificado de Estabilidad Estructural y Solidez
Consiste en un Certificado Técnico realizado tras una cuidadosa evaluación de las condiciones del edificio por un experto con conocimientos altamente especializados en la materia, normalmente, un Arquitecto que garantiza que la estructura del edificio es sólida y segura.
Los Certificados de Estabilidad Estructural corroboran también el comportamiento del edificio en cuanto a su estado de conservación. También determinan cual será la reacción del edificio en el caso de que se presenten dificultades de habitabilidad debido a, entre otras causas, errores de Proyecto, ejecuciones deficientes, siniestros, etc
Certificado Acústico
El Certificado Acústico es un documento que Certifica que el aislamiento acústico es adecuado. Para ello se realiza un Estudio Acústico donde se mide la cantidad de aislamiento real que existe en las paredes, techos, suelos, ventanas y puertas del recinto que queremos certificar. También se cuantifica el ruido que se transmite desde el interior hacia al exterior del recinto.
¿Cuándo solicitar un Certificado Acústico? Cuando vayamos a abrir un negocio cuyo nivel de ruido sea importante y/o nos lo solicite una institución.
¿Quien realiza el Certificado Acústico? Contactar con un Arquitecto que le asesorará en todo el proceso de Licencia de Actividad o Licencia de Apertura y/o Cédula de Habitabilidad. Para realizar Mediciones Acústicas será preciso un profesional y equipo especializados.
Certificado Eficiencia Energética
En cumplimiento del Real Decreto 235/2013, desde el 1 de Junio de 2013, todo propietario que desee vender o alquilar su vivienda debe obtener obligatoriamente el Certificado de Eficiencia Energética de su vivienda. Nosotros te ofrecemos un servicio profesional, cómodo y eficiente.
La obtención del CEE depende de un procedimiento a través del que se extrae información relativa a la demanda y al consumo energético de un determinado inmueble, valorándolo en relación a una escala A-G de colores (siendo la A la más eficiente), con la que poder emitir la correspondiente calificación energética, de acuerdo a la categorización vigente:
-Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo.
-Real Decreto 235/2013, de 5 de Abril.
Certificado de Accesibilidad
Un Certificado de Accesibilidad es un documento que te permitirá acreditar que un edificio, sea tanto de uso público como privado, cumple con condiciones de accesibilidad suficientes. Se trata de cédulas de certificación que ofrecen garantías sobre la accesibilidad de personas con limitaciones motoras y/o de otras con mermas de tipo sensorial. Todo ello para que puedan desenvolverse de manera autónoma y no discriminativa en lugares públicos y privados comunes.
Este Certificado te ofrece garantías para que cualquier persona, independientemente de su edad o de su discapacidad, pueda acceder a cualquier parte o punto del interior y del exterior de una edificación. Un dato importante, se trata de medidas de accesibilidad permanentes que han de perdurar más allá de las condiciones del entorno del inmueble y de las características de otros accesos exteriores no vinculados a la construcción en los que se realiza la intervención para la accesibilidad.
Certificado Descriptivo y Gráfico
Realizamos Certificado Descriptivo y Gráfico, el cual debe acompañar a las solicitudes de Licencia de Ocupación o utilización de edificaciones existentes que no precisen obras de adaptación ni de reforma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento de disciplina Urbanística de Andalucía, en su redacción modificada por el Decreto 327/2012.
Contenido del Certificado Descriptivo y Gráfico:
Cada Certificado Descriptivo y Gráfico destinado a acompañar la solicitud de Licencia de Ocupación de una edificación existente debe incluir el siguiente contenido:
-Identificación Registral y Catastral de la edificación a ocupar
-Condiciones Urbanísticas aplicables al emplazamiento
-Fecha de terminación de las obras de construcción
-Descripción del estado de conservación de la edificación, incluyendo sus instalaciones
-Dictamen acerca de la aptitud de la edificación para su uso previsto
Certificado de Ruina
A) Certificado de Ruina: Un Informe de Ruina es un documento Oficial que declara que una Vivienda, Edificio o Construcción se encuentra en un estado de deterioro que no cumple con las condiciones mínimas de Seguridad y Habitabilidad. Esta declaración puede tener diferentes consecuencias, como la orden de Demolición del Inmueble, la prohibición de su uso o la obligación de realizar obras de reparación.
B) ¿Quién puede solicitar un Certificado de Ruina?: La solicitud de un Certificado de Ruina puede ser realizada por: 1. Los propietarios del Inmueble: Si el propietario considera que su Edificio se encuentra en estado de Ruina, puede solicitar la Declaración Oficial para poder acceder a ayudas o subvenciones para su Demolición o Rehabilitación. 1. La Administración Pública: Los Ayuntamientos o las Comunidades Autónomas pueden iniciar un Expediente de Ruina de oficio si tienen conocimiento de un Edificio que se encuentra en un estado de deterioro peligroso. 2. Cualquier persona interesada: Cualquier persona que tenga un interés legítimo en el Inmueble, como un inquilino o un vecino, puede solicitar la Declaración de Ruina.
C) ¿Qué requisitos debe cumplir un Edificio para ser declarado en Ruina? Para que un Edificio sea declarado en Ruina, debe cumplir: 1. Deterioro Grave: El Edificio debe presentar un estado de deterioro grave que afecte a su Estructura o a sus elementos esenciales, como los cimientos, vigas o muros. 2. Peligro para la Seguridad: El estado de deterioro del Edificio debe suponer un peligro para la Seguridad de las personas que lo habitan o que transitan. 3. Imposibilidad de Rehabilitación: Debe estar en un estado tal que no sea posible o no sea viable su Rehabilitación.
D) ¿Qué trámites hay que seguir? Los trámites para obtener un Informe de ruina varían según la Legislación de cada Comunidad Autónoma. En general, el procedimiento suele ser el siguiente: 1. Presentación de una Solicitud: La solicitud se debe presentar en el Ayuntamiento donde se encuentra el Edificio. 2. Informe Técnico: Un Arquitecto debe realizar un Informe sobre del Edificio. 3. Expediente Administrativo: El Ayuntamiento abrirá un Expediente Administrativo para analizar la Solicitud y el Informe Técnico. 4. Resolución: El Ayuntamiento emitirá una Resolución final Declarando o no la Ruina del Edificio.
E) Consecuencias de la Declaración de Ruina: La Declaración de Ruina puede tener diferentes consecuencias, como: 1. Orden de Demolición: El Ayuntamiento puede ordenar la Demolición del Edificio si considera que es un peligro para la Seguridad pública. 3. Prohibición de Uso: Se puede prohibir el Uso del Edificio si se considera que no es seguro. 4. Obligación de realizar Obras de Reparación: El Ayuntamiento puede obligar a los propietarios a realizar Obras para que el Edificio sea Seguro y Habitable